domingo, 3 de febrero de 2008

LAS REFORMAS AL COFIPE

Empiezan a tener resultados las acciones de los organismos empresariales y partidos políticos que rechazan la integridad de las Reformas realizadas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE).

Medios México informa: “Por primera vez todo el empresariado organizado se ampara frente a una nueva legislación, la que da vida a la recién aprobada reforma electoral.

Y continúa: “Vimos algo inédito: los siete organismos con voz y voto del Consejo Coordinador Empresarial (Consejo Mexicano de Hombres de Negocios, Coparmex, Concamin, Concanaco, Asociación de Bancos de México, Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros y Consejo Nacional Agropecuario), … anunciaron estar en desacuerdo con la reforma electoral por considerar que atenta contra la libertad de expresión del empresariado”.

En un boletín enviado recientemente por la COPARMEX NACIONAL se lee:

“Ante la aprobación de la reforma electoral, COPARMEX se aprestó a defender – a través del instrumento legal del amparo - no sólo la libertad de expresión y el derecho a la información, sino los principios de no discriminación, de libre asociación y de igualdad ante la ley, todos ellos derechos vulnerados y limitados por dicha reforma.

“Al día de hoy, los amparos promovidos por los Centros Empresariales de Coparmex contra la reforma electoral, y que han sido admitidos en primera instancia, suman ya 14, lo cual es una clara muestra de la solidez de nuestros argumentos, que ya han causado el que existan criterios distintos en el Poder Judicial al respecto, dado que estamos en pleno derecho a defender las garantías que la Constitución establece.

“Las demandas aceptadas por los Juzgados de Distrito son las promovidas por los Centros Empresariales de: Ciudad Victoria y Matamoros en Tamaulipas; Tijuana y Ensenada en Baja California; Valle del Fuerte, en Sinaloa; Cancún en Quintana Roo; Puebla, Aguascalientes, Veracruz, Durango y cuatro más en Zacatecas interpuestos por socios del Centro empresarial.

“El ejercicio de un voto libre e informado requiere necesariamente que los ciudadanos conozcan la ideología del partido y del candidato elegible, así como cualidades y defectos de éste, para que pueda valorarlos y tomar una decisión informada y conciente.

“Vivimos en democracia y en un régimen de libertades que no debe ser limitado. La
Democracia se fortalece de la libre expresión de las ideas y propuestas por parte de los ciudadanos a través de todos los medios a su alcance. Sus intereses están por encima de los intereses de los partidos políticos”.

La CANACINTRA nacional declaró: “Presentamos una demanda de amparo contra el Artículo 41 de la reforma electoral, en lo referente a la prohibición de contratar tiempo en radio y televisión a cualquier persona física o moral, por considerar que se trata de un precepto que viola la libertad de expresión a que todo mexicano tiene derecho”.

Además, la cámara industrial “considera que las reformas constitucionales deben tener como objetivo fundamental el fortalecimiento de la democracia en los procesos electorales por la vía de la participación de todos los ciudadanos en el diseño del país que necesitamos construir, y no mediante mecanismos que prohíben expresar los puntos de vista de los mexicanos sobre las ofertas políticas o aspirantes a dirigir al país, a algún estado o municipio, a través de los medios de comunicación colectiva, lo que constituye un grave retroceso en el camino de la consolidación democrática que hemos recorrido”.

Canacintra se suma al Consejo Coordinador Empresarial, Coparmex, Concamin y Concanaco, como los organismos patronales que rechazan la imposibilidad de contratar propaganda electoral en medios electrónicos.

Dentro de los partidos políticos, el presidente del Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia, Luis Maldonado Venegas, en compañía de los coordinadores parlamentarios del partido en las Cámaras de Diputados y de Senadores, Dip. Alejandro Chanona Burguete y Sen. Dante Delgado Rannauro, entregó en la Suprema Corte de Justicia de la Nación una acción de inconstitucionalidad en contra de la Reforma Electoral.

La acción legal presentada por Convergencia establece un precedente en nuestro país. Se sustenta en el hecho de que la actividad del poder reformador transgredió decisiones jurídicas y políticas fundamentales, así como valores supremos del Estado social-democrático consagrados por el Constituyente de 1917.

Convergencia reitera que la Reforma Electoral conculca los derechos de los ciudadanos al incluir en el artículo 116 de la Constitución la exclusividad de los partidos políticos para registrar candidatos a puestos de elección popular. Se viola así el derecho de los ciudadanos de votar y ser votados, contenido en el artículo 35 de la Carta Magna y es un acto que atenta contra la vida democrática del país.

La demanda presentada por Convergencia señala también que la Reforma Constitucional en materia electoral vulnera el artículo 28, ya que crea un monopolio al concentrar en una entidad del Estado la contratación y distribución de los medios masivos de comunicación.

Es notable ver este trabajo de participación ciudadana en temas de interés general para los ciudadanos.
¿Por qué quitarle a un ciudadano la libertad de lanzar su candidatura sin partido, como ciudadano?
¿Porque limitar a una entidad la distribución de los medios masivos de comunicación?

Se trabaja por la justicia, por lo que como ciudadanos o como partidos políticos creemos que tenemos por derechos. ¡Es una buena forma de participar! Veremos que resulta…

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